–Las primeras medidas comienzan el 1 de noviembre.
A un poco más de una semana de haber sido promulgada, este sábado apareció publicada en el Diario Oficial la medida económica de la administración del Presidente José Antonio Kast: La ley de Reconstrucción.
La normativa, impulsada desde el Ministerio de Hacienda, fue publicada este sábado como la Ley N° 21.850, «para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social». Se trata de un documento de 46 páginas cuya publicación era el hito del que dependía la entrada en vigencia de gran parte de las medidas.
Con ello, las primeras disposiciones comenzarán a regir el próximo 1 de noviembre. Ese día se implementarán cuatro medidas. Una de ellas es el crédito tributario para las empresas que exportan servicios basados en el conocimiento, un descuento contra el impuesto de primera categoría de 15% por los trabajadores de la Región Metropolitana, que sube a 20% por los de otras regiones o de comunas rurales de la capital.
El inicio del próximo mes también bajará de 0,25% a 0,23% la tasa de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) del Régimen Pyme, y el Servicio de Impuestos Internos (SII) quedaría facultado para cruzar información con otras instituciones del Estado con fines de fiscalización. Por último, también se implementarán los cambios a la franquicia tributaria del Sence, en donde desde noviembre el financiamiento máximo será de 80% del costo de la capacitación para trabajadores con remuneraciones de hasta 25 UTM, de 50% para el tramo de 25 a 50 UTM y de 15% sobre ese nivel.
MEDIDAS QUE COMENZARÁN MÁS ADELANTE
Si bien en noviembre parte la implementación, son meses los que faltan para que comiencen a activarse el resto de medidas. Por ejemplo, el 1 de diciembre comenzará la exención del IVA para la primera venta de viviendas nuevas ya terminadas, sin tope de valor ni de superficie, que se extenderá por un año.
Ese mismo día partirá la rebaja de 50% del impuesto a las donaciones, que beneficiará a las escrituras públicas firmadas durante los doce meses siguientes. La norma elimina además el trámite de insinuación judicial y permite transferir hasta la mitad del patrimonio familiar. Tras ello, comenzando el 2027, se habilitará la repatriación de capitales. Quienes se acojan pagarán un impuesto con una tasa mixta de entre 7% y 10% y dispondrán de un año para hacerlo. La ley abre otras dos ventanas. Una permite retirar fondos acumulados en registros como el STUT y el FUR pagando un impuesto único de 10%, durante ocho meses desde la entrada en vigencia: con publicación en octubre, la opción estaría disponible hasta junio. La otra corresponde a la Tesorería General de la República, que por 180 días corridos ofrecerá convenios de pago con condonación de hasta 100% de los intereses y 80% de las multas para deudas vencidas al 31 de diciembre de 2025. (Consignado por emol.com)








