La normativa establece criterios para el uso de la fuerza, entrega mayor certeza jurídica a los funcionarios y regula su actuación ante situaciones de riesgo. Autoridades regionales destacaron su importancia para una región fronteriza como Arica y Parinacota.
Como un gran avance para fortalecer la seguridad pública y establecer reglas claras para la actuación de las instituciones encargadas del orden y la seguridad, calificaron las autoridades de Arica y Parinacota la entrada en vigencia de la nueva Ley de Reglas de Uso de la Fuerza (RUF), promulgada el 9 de octubre por el Presidente de la República, José Antonio Kast, y publicada en el Diario Oficial el pasado 16 de octubre.
La legislación establece un marco jurídico para el uso de la fuerza por parte de Carabineros y la Policía de Investigaciones (PDI), así como de las Fuerzas Armadas cuando cumplen determinadas funciones de resguardo del orden público, seguridad interior o protección de recintos militares. Su objetivo es entregar criterios definidos para enfrentar situaciones de riesgo, resguardando tanto la integridad de los funcionarios como la seguridad y los derechos de las personas.
Al respecto, el delegado presidencial regional de Arica y Parinacota, Cristian Sayes, destacó que “para nuestra región, esta ley representa un avance importante, porque entrega un marco legal claro a quienes diariamente cumplen la tarea de resguardar la seguridad de las personas. En Arica y Parinacota enfrentamos desafíos asociados al control fronterizo, la delincuencia y el crimen organizado, por lo que es fundamental que nuestras policías y las Fuerzas Armadas, cuando corresponda, cuenten con reglas precisas para actuar frente a situaciones de riesgo. Esto permite fortalecer el cumplimiento de sus funciones, con mayor certeza jurídica y siempre dentro de los límites que establece la ley”.
Por su parte, la seremi de Gobierno, Pollyana Rivera, señaló que “como Gobierno, estamos avanzando en medidas concretas para fortalecer la seguridad de las familias y respaldar el trabajo de quienes tienen la responsabilidad de protegerlas. Esta ley entrega reglas claras para que nuestras policías puedan actuar frente a situaciones de riesgo, con mayor certeza jurídica y resguardando siempre la vida y la integridad de las personas. Para una región como Arica y Parinacota, donde la seguridad fronteriza es especialmente relevante, contar con un marco legal definido es fundamental para seguir fortaleciendo la labor de nuestras instituciones”.
NUEVA REGLAMENTACIÓN
Uno de los principales aspectos de la normativa es que establece cinco grados de uso de la fuerza: presencia policial, técnicas de comunicación, reducción física de la movilidad, utilización de fuerza menos letal y empleo de fuerza potencialmente letal en los casos establecidos legalmente.
Estos niveles deberán corresponder a las circunstancias de cada procedimiento y al grado de resistencia o agresión que enfrenten los funcionarios. La legislación también establece que su aplicación no requiere necesariamente seguir una secuencia ascendente, permitiendo adecuar la respuesta a la situación concreta, conforme a los principios y límites legales.
La normativa establece además cuatro principios que deberán orientar el uso de la fuerza: legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad. De esta manera, las actuaciones deberán ajustarse a la legislación vigente, responder a las circunstancias del procedimiento y contemplar los mecanismos de responsabilidad correspondientes.
En el caso de las Fuerzas Armadas, la ley regula su actuación cuando sean llamadas a cumplir funciones de resguardo del orden público o de la seguridad pública interior, incluyendo situaciones relacionadas con la protección de infraestructura crítica, el resguardo de zonas fronterizas y los estados de excepción constitucional, en los términos previstos por la legislación.
Finalmente, la normativa contempla un plazo de un año desde su publicación para dictar los reglamentos correspondientes. Mientras estos sean elaborados, continuarán aplicándose las disposiciones reglamentarias e institucionales vigentes que no sean contrarias a la nueva ley.








