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Corte de Iquique confirma la prisión preventiva de concejal y funcionaria municipal imputados por fraude al Fisco y cohecho

16 mayo, 2020
en Noticias
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La Corte de Iquique rechazó –ayer viernes 15 de mayo– los recursos de apelación interpuestos por las defensas y confirmó la prisión preventiva del concejal de la comuna M.C.T., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de fraude al fisco, cohecho reiterado y lavado de activos, y de la funcionaria municipal D.V.B., imputada por cohecho, fraude al fisco y violación de secreto. Ilícitos que habrían perpetrados en 2018, en la ciudad.

En fallos unánimes (causas roles 208 y 209-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Güiza Gutiérrez, Rafael Corvalán Pazols y Marilyn Fredes Araya– confirmó la resolución impugnada, dictada el sábado 9 de mayo recién pasado, por el Juzgado de Garantía de Iquique.

“Lo expuesto por los intervinientes mediante sistema de teletrabajo por videoconferencia, los fundamentos esgrimidos por el Sr. Juez de primera instancia, y lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución dictada en audiencia de ocho y nueve de mayo de dos mil veinte, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva”, consignan las resoluciones.

En tanto, en fallo dividido (causa rol 207-2020), la sala rechazó el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y confirmó la medida cautelar de arresto domiciliario total del gerente de la empresa Itelecom Holding Chile SpA (L.L.H.), el subgerente (P.G.G.) y el intermediario de la empresa (C.U.B.), imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos de soborno reiterado, lavado de activos y asociación ilícita.

En el caso del exseremi J.V.P, imputado de los delitos de soborno reiterado y fraude al fisco, la sala en forma unánime, acogió la solicitud del Ministerio Público y revocó la medida cautelar de arresto domiciliario total, decretando en su lugar la prisión preventiva.

Respecto de los imputados L.L.H., P.G.G. y C.U.B., “atendido lo expuesto por los intervinientes mediante sistema de teletrabajo por videoconferencia, los fundamentos esgrimidos por el Sr. Juez de primera instancia, aparece que por ahora el régimen cautelar impuesto resulta proporcional a los hechos por los cuales fueron formalizados”, sostiene el fallo.

Con relación al imputado J.V.P., la sala consideró que, por “(…) la participación que le cupo en los hechos por los cuales fue formalizado, se estima que la medida cautelar de prisión preventiva se convierte en la adecuada para asegurar los fines del procedimiento considerando la entidad y número y la calificación jurídica de los hechos imputados, unido a la eventual pena probable, de lo que se infiere que su libertad resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad”.

Decisión confirmatoria adoptada con el voto en contra de la ministra Fredes, quien estuvo por revocarla y disponer la prisión preventiva de los imputados L.L.H., P.G.G. y C.U.B., por considerar que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad.

Según el ente persecutor, una investigación iniciada en 2018, permitió detectar que M.C.T. y D.V.B., habrían aceptado, a cambio de un beneficio económico, facilitar a Itelecom, representada por L.L.H. y P.G.G., acceso a información de la etapa previa de elaboración de las bases, incluso proponer montos para las ofertas más elevadas, lo que les permitiría asegurar beneficio económico y la adjudicación final de la licitación.

Dichos contactos habrían sido concretados gracias a gestiones de C.U.B., quien junto a J.V.P. habrían actuado como intermediarios de Itelecom, encargándose, además, de pagar los beneficios económicos acordados.

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