Después de cinco años de espera un joven transgénero cristalizó su deseo de obtener su cédula de identidad con su nuevo nombre, Daniel Morales Muñoz, 20 años, logró un hecho histórico en la región al ser el primero en conseguir el cambio de nombre, sin necesidad de haber un tratamiento médico o una intervención en la apariencia física.
La actividad se desarrolló en las dependencias del Registro Civil ubicada en la plaza de los tribunales y fue presidido por el Seremi de Justicia y DDHH subrogante, coronel, José Luis Meza, director regional de Gendarmería. La directora regional del Registro Civil, Ema Moreno, la madre del joven, familiares y funcionarios de la entidad fiscal.
El Seremi subrogante, coronel José Luis Meza, calificó el acto como histórico. “Para nosotros como Ministerio de Justicia y DDHH, estar presente en este hito para la región, donde Daniel recibió su cédula de identidad conforme a la ley de equidad de género, que se promulgó el 27 de diciembre. La verdad que fue un largo proceso para él, su madre, su familia. Como gobierno y Ministerio de Justicia estamos muy contento que las personas puedan acceder a su derecho como en este caso la identidad de género”.
Mientras que su madre Ximena Muñoz, dijo estar feliz. “Principalmente porque mi hijo está feliz. Era lo que él quería. Fue un camino largo y difícil. No es fácil, pero ahora él tiene su cédula de identidad y se siente bien como persona. Además, pedirle a la gente que cambien su mentalidad porque son prejuiciosas, piensan que las personas no tienen sentimiento y no discriminar a las personas, sino incorporarlas y aceptar como son”.
La directora del registro Civil, Ema Moreno, dijo que después de un intenso trabajo se cristalizó el deseo de Daniel. “Fue un arduo trabajo que gracias a nuestro personal se cumplieron todos los pasos exigidos por la ley y constituye un momento histórico para la región y en especial para Daniel y su familia”
Daniel no ocultó su emoción por el logro alcanzado, después de haber esperado tanto tiempo. El derecho a la identidad de género consiste en la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, de solicitar la rectificación de estos ya sea vía judicial o administrativa, según sea la edad del interesado o interesada y si posee o no vínculo matrimonial vigente. Para ello no es necesario haberse sometido a un tratamiento médico o a una intervención de la apariencia física. (Boletín de Prensa de Gendarmería Tarapacá)








