Establecer un mecanismo de comunicación para efectuar comparecencias de reclusos en tiempo real y permitir una interacción visual y verbal entre los intervinientes de una audiencia, contempla el convenio firmado entre el Poder Judicial y Gendarmería, con el objetivo de agilizar los procesos judiciales.
Dicha firma estuvo a cargo de la Presidenta de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Iquique, Marilyn Fredes Araya, el juez presidente del comité de jueces del Juzgado de Familia de Iquique, Marco Soto Lecaros, el director regional de Gendarmería, coronel, José Luis Meza, la alcaide del CCP, comandante, Jenny Muñoz, el alcaide del CP de Alto Hospicio, comandante, Fernando Olivares, entre otros.
Con ello se busca utilizar el sistema de videoconferencia, el cual contiene un conjunto de reglas para estandarizar el uso de ese recurso tecnológico, a fin de fortalecer la cooperación mutua entre el Poder Judicial y Gendarmería y agilizar procesos judiciales.
La idea es reducir las barreras de infraestructura, geográficas y administrativas que afectan el acceso a la justicia de personas privadas de libertad en los procesos del Tribunal de Familia, a través del uso de ese sistema. Así como establecer un mecanismo de comunicación para llevar a cabo comparecencias de reclusos en tiempo real, con el fin de permitir una interacción visual y verbal entre los intervinientes de una audiencia, favoreciendo la actuación del Tribunal de Familia, removiendo los obstáculos a quienes intervienen en un procedimiento, la dificultad de desplazamiento de los reclusos, el ahorro de tiempo y recursos.
El coronel Meza dijo que el protocolo posibilitará una comunicación directa entre el juzgado de familia y los CCP. De esa forma aprovechando la tecnología, se disminuirán las salidas a tribunales de parte de los internos.
A través de ese medio será posible utilizar la videoconferencia para la práctica de los actos procesales en el Juzgado de Familia que se realicen a través de audiencias orales y que involucren a litigantes ubicados físicamente en establecimientos penitenciarios donde guarde reclusión la persona privada de libertad, situado a larga distancia del Tribunal.
A modo enunciativo se podrá disponer del uso del sistema de videoconferencia para la realización de audiencias preparatorias de juicio o de juicio en materias contenciosas.
Se dispondrá excepcionalmente del sistema de videoconferencia para capacitaciones conjuntas entre ambas instituciones, comunicaciones y reuniones de trabajo de funcionarios de las entidades, comunicación de personas privadas de libertad con sus familiares, incluyendo niños, niñas y adolescentes si fuese pertinente, en el marco de un acto procesal enunciado precedentemente.
Las normas contenidas en el presente protocolo entrarán en vigor una vez autorizado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Iquique y la Dirección Regional de Gendarmería.