La problemática sobre la reducción de la jornada laboral de 45 a 40 horas se instaló a partir de la aprobación en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.
El debate a partir de este trámite legislativo está abierto. He tenido la oportunidad de escuchar a varias personas a favor y en contra de la iniciativa. Algunas de estas opiniones rayan directamente en argumentos conocidos como “cliché”. Al mismo tiempo, ponen al descubierto a profesionales defensores de la ideología conservadora del capitalismo salvaje. Hablan de “los costos económicos” que según Rodrigo Valdés, un 11% afectaría a las empresas. Terminan sosteniendo en defensa de las 45 horas, que tal medida sería un nuevo impuesto legal que “dañaría la empleabilidad del país”.
A mi juicio, volvemos a transitar sobre viejas doctrinas que obedecen al reforzamiento de marcos regulatorios que consagran leyes económicas de una estructura de modelo productivo de principios del siglo XX. En consecuencia, por nada del mundo, propiciar modificaciones a una estructura laboral que tuvo su fulgor en plena «Guerra fría» y al modo de producción industrial de aquellos tiempos.
Veamos otros enfoques más flexibles y progresistas. Con la reforma laboral del año 2001, llevada a cabo en la Presidencia de Ricardo Lagos, Ley N° 19.759, ésta introdujo varias modificaciones al Código del Trabajo. Entre las principales se puede destacar la Contratación a tiempo parcial, la polivalencia de funciones, la contratación juvenil y el trabajo bajo subordinación o dependencia en la evolución del mercado. En estas modificaciones se encuentra la reducción de la Jornada Laboral de 48 a 45 horas y que entró en vigencia el 22 de octubre del año 2005. De este modo, el Art. N° 22 el Código del Trabajo, consagra la regulación límite de la jornada ordinaria de trabajo semanal.
Con todo, esta jornada laboral de las 45 horas semanales no incluye a todos los trabajadores y se hacen excepciones a la norma, ya lo sostuve anteriormente en otra columna. Para mayor abundamiento, quienes no tienen este derecho, hay que detenerse en los artículos del 22 al 29 del mismo Código del Trabajo. Especialmente, para quienes tienen contratos en hoteles, restaurantes o clubes.
Refiriéndome a las garantías del empresariado contenidas en el actual Código del Trabajo, está el contrato por obra y faena. Se mantiene vigente la subcontratación. Entonces, la columna vertebral del Código del Trabajo no se vería tocada en su fondo, por una reducción de Jornada Laboral.
El tiempo de un trabajador a disposición del empleador es demasiado valioso para ambas partes. Un trabajador con un tiempo de trabajo activo, el mismo trabajador, con un tiempo pasivo –inactivo- da como resultado, la eficiencia y competitividad empresarial. Algunos, por su actividad laboral asumirán los objetivos propios de las metas cumplidas, no importando la preeminencia de una de ellos, conjugados ambos tiempos en la jornada laboral.
Resumiendo. Lo fundamental es que las empresas se transformen en la era presente con mayor competitividad y viabilidad tecnológica. Su desarrollo estará directamente ligado a un mercado laboral más flexible, productivo y competitivo. Aquí no existen los viejos cuentos de la campaña del terror con el desempleo, las locuras desenfrenadas del alto costo de la mano de obra y la muerte anunciada de la empresa de menor tamaño. La distribución del ingreso será más equitativa si se logra que nuestras exportaciones aumenten y que la participación productiva corresponda a un empleo digno.
La reducción de una jornada laboral, no es una moción que conlleve el enfrentamiento, por una parte, “costo económico” versus “beneficio social”, por la otra. Empíricamente se demuestra cuando se redujo la jornada de 48 a 45 horas semanales. La robotización de la industria, la automatización de los servicios y las ventas por internet no son desafíos del mañana. En un período anual, Chile en promedio general, tiene 1.974 horas de trabajo, produce sólo el 25,9 US$, por hora. Sí nos comparamos con la OCDE, trabajan 1.400 horas y tienen un promedio de US$ 52, por hora.
Por todo lo anterior, una Jornada Laboral de 40 horas, debe considerar que siendo competitivos, a mayor productividad más utilidad. Esto debe traducirse en mejor calidad de vida y vínculo de felicidad familiar.
Nelson C. Mondaca Ijalba
nmonijalba@gmail.com