En julio de 2018, el SII envió a las empresas nacionales de intercambio de criptomonedas una notificación donde se especificaba que estas plataformas debían entregar los datos de transacciones de sus clientes durante el año comercial 2017 cuando fueran estos solicitados por el Servicio, en el marco del artículo 60 del Código Tributario.
Este tipo de activos digitales registró durante 2018 un importante auge a nivel global, y el regulador indicó que las ganancias obtenidas por la compra/venta de criptomonedas se encuentran afectas al pago de impuesto a la renta, tal como cualquier otra operación comercial en el país, ya sea como tributo de Primera Categoría o Global Complementario, de acuerdo al régimen vigente en Chile.
A partir de abril de 2019, las ganancias de operaciones realizadas a través de las monedas virtuales estarán exentas de IVA, pero continuarán estando sujetas a declaración y en consecuencia, al impuesto a la renta.
A pesar de que aún no existe una legislación sobre esta materia en Chile, lo estipulado por el SII representa una validación de los activos digitales en el mercado de capitales.
Es por eso que miramos de forma positiva la visión que tiene el SII sobre el futuro, al incorporar un mercado naciente como lo es el de las criptomonedas. Además, su actuar demuestra que la actividad de los activos digitales (BitCoin y otros), si bien no está regulada, es totalmente legal.
José Santomingo, presidente de la Asociación Fintech de Chile (FinteChile)









