Lo ocurrido con el Hecho Esencial y la posterior declaración pública de ZOFRI S.A. no es una controversia técnica ni un debate interpretativo de buena fe. Es algo mucho más grave: el intento explícito de instalar, ante el mercado, la ciudadanía y el Estado, la idea de que una concesión pública puede extenderse por decisión unilateral de su propio concesionario.
Eso, en cualquier democracia constitucional seria, es inaceptable.
ZOFRI ha comunicado como un hecho consumado la “aprobación” de un contrato de renovación de su concesión hasta el año 2050. No lo ha hecho con prudencia, ni como una hipótesis sujeta a evaluación estatal, sino como una señal de certeza y continuidad. Ese acto comunicacional —revestido de legalidad inexistente— ya produjo daño: cerró expectativas, distorsionó el mercado, condicionó el debate público y tensionó indebidamente a las instituciones.
Conviene decirlo sin eufemismos:
ZOFRI no tiene competencia para hacer lo que anunció.
No la tuvo ayer. No la tiene hoy. No la tendrá mañana.
Su directorio no es autoridad pública. No representa al Estado. No ejerce potestad concesional alguna. Pretender lo contrario es una forma de usurpación funcional, tan peligrosa como sofisticada: no se ejerce por decreto, sino por narrativa, por hechos esenciales y por presión comunicacional.
Más grave aún es el uso instrumental de un dictamen de la Contraloría General de la República para justificar esta conducta. La Contraloría jamás autorizó una renovación anticipada decidida por el concesionario. Muy por el contrario, fue explícita en advertir que cualquier prórroga o renovación debe someterse a los procedimientos, controles y decisiones que el ordenamiento jurídico exija al momento de evaluarla. Omitir esa advertencia no es un error: es una maniobra.
Aquí no estamos frente a una simple diferencia de opinión jurídica. Estamos frente a una estrategia: instalar un hecho político para forzar una decisión institucional futura, reduciendo el margen de deliberación del Estado y transformando una concesión pública en un derecho cuasi perpetuo.
Ese precedente es devastador.
Si se acepta que un concesionario puede anunciar la extensión de su propio título, entonces el principio de juridicidad deja de ser un límite y pasa a ser una formalidad prescindible. La igualdad ante la ley se vuelve retórica. La competencia económica queda neutralizada por décadas. Y el interés público se subordina al interés del incumbente.
El daño ya está hecho, y no es menor. Se ha erosionado la confianza en las reglas, se ha enviado una señal de cierre del sistema concesional y se ha tensionado deliberadamente a los órganos del Estado, colocándolos ante un “hecho” que jurídicamente no existe, pero políticamente presiona.
Frente a esto, el silencio institucional sería complicidad.
El Estado de Chile no puede aceptar que un administrador concesionado actúe como si fuera dueño del régimen que administra. La concesión no es propiedad. No es hereditaria. No es indefinida. Y, sobre todo, no se renueva por comunicados de prensa ni por hechos esenciales.
La pregunta de fondo ya no es si ZOFRI se equivocó.
La pregunta es si estamos dispuestos a normalizar que un concesionario intente gobernar por sobre la ley.
Porque si ese límite se cruza, el daño no será solo regional ni sectorial.
Será estructural.
—————–
*Patricio Sesnich Stewart fue presidente del Directorio de Zofri S.A. en abril de 2014, siendo ratificado en el cargo durante los años siguientes hasta 2016, donde presentó su renuncia. Previamente, fue director (2002-2010) y vicepresidente de la misma entidad (2006-2010).
NOTA DE LA DIRECCIÓN: Las opiniones y conceptos expresados por los columnistas son de su exclusiva responsabilidad y no necesariamente representan la línea editorial de este medio de comunicación.







