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Dirección General de Aguas (DGA) reduce permisología

26 septiembre, 2026
en Noticias
Dirección General de Aguas (DGA) reduce permisología
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–DGA unifica criterios a nivel nacional y agiliza la tramitación de derechos de agua en Chile. Este documento analiza cuatro cambios clave para empresas y usuarios introducidos por la Resolución Exenta N° 2.903. 

El Diario Oficial publicó este miércoles 23 de septiembre la Resolución Exenta N° 2.903 de la Dirección General de Aguas (DGA), del Ministerio de Obras Públicas, que unifica los criterios generales aplicables para el ingreso de trámites, estableciendo y precisando los pasos a seguir, de conformidad con los principios consagrados en las leyes N° 19.880 y N° 21.770, lo que permitirá agilizar los trámites y precisar los procesos administrativos.

Araya y Cía. Abogados destaca 4 puntos clave que cambiarán la tramitación en la DGA para las empresas y usuarios:

  1. Corrección de errores formales: Los errores meramente materiales o de transcripción que no afecten la identificación del solicitante ni el contenido de la solicitud no serán, por sí solos, motivo de inadmisibilidad o denegación. La DGA podrá corregirlos de oficio o solicitar su subsanación, dejando constancia de ello en la resolución correspondiente. Asimismo, durante la etapa de admisibilidad, el Servicio revisará la concordancia de los antecedentes para detectar y corregir errores, por ejemplo, entre las coordenadas y la comuna o región, la denominación de la fuente de agua o la relación entre el caudal y el volumen solicitado. Cuando estos errores puedan ser subsanados y no impliquen un cambio de fuente, el titular podrá aclarar o complementar su solicitud, sin que proceda su denegación por ese solo motivo. Antes de la entrada en vigencia de la Resolución Exenta N° 2.903, este tipo de errores daba lugar a la inadmisibilidad o denegación de la solicitud por parte de la DGA.
  2. Exigencias fundadas en antecedentes técnicos en áreas de protección: Para exigir la autorización de un tercero titular de derecho de aprovechamiento de aguas, ante una eventual afectación de su área de protección, la DGA deberá acreditar técnica y físicamente la existencia de una invasión indubitada, evitando que meras dudas o inconsistencias, den lugar a exigencias adicionales. Antes de la entrada en vigencia de la resolución, la DGA, no debía acreditar estos antecedentes para llevar a cabo esta verificación, solicitando derechamente la autorización de terceros titulares de derechos de aprovechamiento de aguas.
  3. Revisión del extracto de la solicitud: En caso que el solicitante acompañe el extracto al momento de presentar la solicitud, este será revisado por el Servicio, para detectar errores u omisiones del mismo para otorgar la posibilidad de efectuar reparos antes de su publicación y radiodifusión. No se podrá denegar la solicitud por errores u omisiones de la publicación o radiodifusión del extracto, en caso de que su contenido se hubiere declarado previamente conforme por parte del Servicio. 
  4. Pago directo del titular de la solicitud al CBR: En los procedimientos que modifican o complementan derechos de aprovechamiento de aguas, la inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas de la resolución firme y ejecutoriada, deberá ser pagada directamente por el solicitante al Conservador de Bienes Raíces, eliminando la intermediación que realizaba la DGA. Esta modificación no aplicará para las solicitudes de constitución de nuevos derechos y regularizaciones.

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