–La iniciativa fue ingresada a la Cámara de Diputados para ser discutida. Es una de las promesas de campaña del Presidente José Antonio Kast.
Ayer, el Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto que crea el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, que responde, según indica la iniciativa, al «aumento de la percepción de inseguridad» y de la «ocurrencia de conductas que afectan la convivencia social».
Contempla una serie de artículos y cuatro títulos incorporados en el artículo primero, que abordan: la creación, administración y funcionamiento del registro (1), las conductas que darán lugar a la inscripción (2), los efectos derivados de la incorporación al registro (3) y la regulación de la incorporación al registro, la duración de las inscripciones, los efectos de la reincidencia y las reglas para su cancelación (4).
El título II, que establece las conductas que dan lugar a la inscripción diferencia entre actos vandálicos e incivilidades.
ACTOS VANDÁLICOS QUE DAN LUGAR A LA INSCRIPCIÓN
De aprobarse el proyecto, la comisión de los siguientes «actos vandálicos» serán sancionados, además de las penas que correspondan:
-Atentado contra la autoridad.
-Amenazas a autoridades en ejercicio de sus funciones o perturbación grave de sesiones legislativas o audiencias judiciales.
-Impedimento o perturbación del ejercicio de funciones de autoridad por violencia o fraude.
-Falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública.
-Homicidio de un fiscal del Ministerio Público o de un defensor público.
– Lesiones o maltrato de obra contra un fiscal del Ministerio Público o contra un defensor público.
-Amenazas a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor público.
-Retención o toma de control de un vehículo de transporte público de pasajeros.
– Interrupción de la libre circulación en la vía pública o el lanzamiento de objetos a personas o vehículos en la vía pública.
– Explotación o participación en casas de juego de suerte, envite o azar.
-Amenazas a profesionales y funcionarios de establecimientos de salud o educacionales, y a manipuladores de alimentos de estos últimos recintos.
– Lesiones inferidas a profesionales y funcionarios de salud y educacionales, incluyendo a manipuladores de alimentos.
-Usurpación en caso de que la ocupación recayera en inmuebles fiscales, bienes nacionales de uso público o un inmueble destinado a actividades de educación.
– Incendio.
– Daños causados en bienes de uso público, medios de transporte públicos y servicios públicos o domiciliarios.
– Rayados no autorizados: dibujos, mensajes o expresiones en bienes muebles o inmuebles.
– Homicidio de un carabinero.
– Maltrato de obra a un carabinero.
-Uso de artefactos explosivos o incendiarios y el disparo injustificado de armas de fuego.
– Carreras de vehículos no autorizadas.
-Tráfico y microtráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
-Asociación ilícita para el comercio ilegal.
– Daño en un monumento nacional.
LAS INCIVILIDADES QUE DAN LUGAR A INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
A los «actos vandálicos» que se sancionarán, se suman las incivilidades:
-Depósito de escombros y otros materiales sin permiso de la Municipalidad o la Dirección de Vialidad.
-Consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público.
– Expendio de bebidas alcohólicas en contravención a los artículos 22 y 43 de la ley N°19.925.
-Elaboración o manipulación de alimentos en la vía pública sin contar con patente municipal.
– Uso de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros sin pagar la tarifa.
-Cierre u obstaculización de las vías de acceso a playas de mar, ríos o lagos.
-Organización o agencia de loterías no autorizadas.
– Provocación o alteración del orden en espectáculos públicos.
– Daño en bienes públicos o de propiedad particular, cuyo importe sea inferior a una UTM.
– Consumo de drogas en la vía pública.
De este listado, incluso serán sancionadas aquellas que sean competencia de los Juzgados de Policía Local.
(Consignado por t13.cl)







